Principales delitos y/o figuras penales contempladas en la Ley 20.000
Comete este delito quienes elaboren, fabriquen, transformen, preparen o extraigan sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas productoras de dependencia física o síquica, capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud, sin la debida autorización como también aquellos que tengan en su poder elementos, instrumentos, materiales o equipos comúnmente destinados a la elaboración, fabricación, preparación, transformación o extracción de las sustancias o drogas estupefacientes o o sicotrópicas antes mencionadas.
Comete este delito quien bajo cualquier titulo y sin contar con la autorización competente importe, exporte, transporte, adquiera, transfiera, sustraiga, posea, suministre, guarde o porte sustancias estupefacientes o sicotrópicas o materias primas de las mismas, como también aquel que induzca, promueva o facilite el uso o consumo de tales sustancias.
Comete este delito quien, sin la competente autorización, posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas, productoras de dependencia física o síquica, o de materias primas que sirvan para obtenerlas, a menos que justifique que están destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo.
Comete este delito quien participa en la producción, fabricación, elaboración, distribución, transporte, comercialización, importación, exportación, posesión o tenencia de precursores o sustancias químicas esenciales, con el objetivo de destinarlos a la preparación de sustancias ilícitas para perpetrar, dentro o fuera del país, alguno de los hechos considerados como delitos en esta ley, sancionándose incluso a aquel que por negligencia inexcusable no conocía el destino de las sustancias precursoras.
Comete además este delito quien, adquiera, transfiera, suministre o facilite a cualquier título pequeñas cantidades de estas sustancias, drogas o materias primas, con el objetivo de que sean consumidas o usadas por otro.
Comete este delito quien, careciendo de la debida autorización, siembre, plante, cultive o coseche especies vegetales del género cannabis u otras productoras de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, a menos que justifique que están destinadas a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo, o cuente con la debida autorización.
Comete este delito el funcionario público que, en razón de su cargo, tome conocimiento de alguno de los delitos contemplados en la ley 20.000 y omita denunciarlo al Ministerio Público, Carabineros, Policía de Investigaciones o de Gendarmería en caso que sean cometidos en recintos penitenciarios, o ante cualquier tribunal con competencia en lo criminal.
Comete este delito quien se asocie u organice con el objeto de cometer alguno de los delitos de la ley 20.000; sancionandose a quien participe como financista, ejerza el mando o dirección, o planifique el o los delitos que se propongan. También se sanciona a quien suministre vehículos, armas, municiones, instrumentos, alojamientos, escondite, lugar de reunión o cualquiera otra forma de colaboración para la consecución de los fines de la organización.
Comete este delito el propietario, poseedor o administrador a cualquier título de un bien raíz o mueble que lo facilite a otro a sabiendas de que será destinado a la comisión de alguno de los delitos señalados en la ley.
Comete este delito quien estando a cargo de un establecimiento de los señalados en la ley tolere o permita el tráfico o consumo de sustancias prohibidas por la ley 20.000.-
Comete esta falta aquel que consumiere alguna de las sustancias prohibidas por la ley en lugares públicos o abiertos al público, como también aquellos que tengan o porten en tales lugares drogas para su uso o consumo personal y próximo en el tiempo, a menos que se justifique que está destinado a un tratamiento médico.
Cometen esta falta quienes consuman dichas drogas en lugares privados, siempre que se hubiesen concertado para tal propósito.