09/03/2020
Sujeto fue condenado causar Muerte, lesiones y daños
Conducía ebrio, sin licencia y a alta velocidad
Fiscal Manuel Soto
Como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, causando muerte, lesiones leves y daños fue condenado hoy, en Juicio Oral, Rodrigo Alejandro Soto González.
En su veredicto, los Magistrados, estimaron que la prueba incorporada por la Fiscalía, consistente especialmente en testimonial, documental, pericial y otros medios, resultó de una entidad suficiente para superar el estándar de condena respecto del ilícito.
Cabe recordar que el fiscal, Manuel Soto Basauren, acreditó que el día 12 de julio del año pasado, alrededor delas 01:20 horas el acusado conducía ebrio, a exceso de velocidad y sin licencia una camioneta marca Dodge, modelo RAM, acompañado de C.G.V., por Avenida Costanera del Estrecho en dirección al norte, y al llegar a la intersección de Sarmiento de Gamboa, perdió el control del móvil desviando su desplazamiento hacia la izquierda, chocando con línea de solera y poste de alumbrado público, para posteriormente ingresar a la calzada contraria, colisionando con un vehículo, marca Mazda, modelo Demio, que era conducido por J.M.R.M., quien circulaba por la misma Avenida Costanera del Estrecho en dirección al sur, generando un impacto de alta energía.
Como consecuencia, la víctima J.M.R.M. resultó con politraumatismo, múltiples fracturas, trauma torácico, abdominal y anemia aguda severa, que le ocasionaron la muerte momentos más tarde en el Hospital Clínico de Magallanes. Mientras que el acompañante del acusado resultó policontuso de carácter leve.
Durante la audiencia el Fiscal indicó que el resultado del examen de alcoholemia del conductor arrojó una dosificación de alcohol en su sangre de 1,09 gramos por litro, por lo que sobre esa base, solicitó se aplique al acusado, ocho años de presidio, multa de 20 unidades tributaria mensuales, inhabilidad perpetua para conducir vehículos motorizados y comiso del vehículo que conducía al perpetrar el ilícito, todo ello con las accesorias legales previstas en artículo 28 del código penal y costas de la causa.