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Antofagasta: confirman pena para homicida de liceano calameño

15 años y un día de presidio mayor en su grado medio fue la pena que el Tribunal Oral de Calama, aplicó al imputado Slayner Quilodrán Muñoz, por el homicidio de un liceano al que disparó por la espalda, disgustado porque le impidieron el ingreso a una fiesta a la que no estaba invitado.

Abogado asesor, José Troncoso Valdés

Abogado asesor, José Troncoso Valdés

La Segunda Sala Corte de Apelaciones de Antofagasta, rechazó un recurso de apelación a la sentencia que condenó a Kevin Slayner Quilodrán Muñoz  a quince años y un día de presidio mayor en su grado medio, por el homicidio del estudiante calameño Jhans Berríos Gómez,ocurrido en Calama el 9 de noviembre del año 2012.

            En contra del recurso alegó el abogado asesor de la Fiscalía Regional, José Troncoso, solicitando el rechazo del mismo y dejar a firme esa sentencia ya que la misma no contiene error de derecho alguno que la pueda invalidar. Como querellante intervino en esta causa el el Centro Integran de Atebción Víctimas de Delitos Violentos.

            Quilodrán Muñoz, llegó hasta el lugar donde se encontraba la víctima compartiendo con compañeros que celebraban el fin de curso, y le fue impedida su entrada porque no había sido invitado. El joven fue a su casa y regresó horas después con una escopeta hechiza, que el mismo había fabricado, pidió nuevamente entrar y como se le volvió a negar el ingreso disparó por la espalda a la víctima, que era uno de los invitados a la fiesta y que se encontraba acompañando en ese momento al dueño de casa, el que falleció horas después a causa de las lesiones recibidas.

            El recurrente había solicitado rechazar la calificante de premeditación conocida y de este modo desestimar el homicidio calificado a objeto de reducir la pena.

            La Corte acogió los alegatos de la Fiscalía en orden a que el joven tuvo la intención de matar, al  regresar a su casa en busca de un arma que estaba cargada y apta para el disparo, y el que el imputado había señalado claramente su intención de hacer daño a los que no lo dejaron ingresar a la fiesta. Los ministros de la Segunda Sala distinguen que en la actitud desplegada por el hechor se manifiesta claramente la premeditación, y que de esta situación los jueces del Tribunal Oral dan clara fundamentación en la sentencia recurrida..

 

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