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Fiscalía logra condena por violación de mujer con discapacidad cognitiva en Limache

Trabajador fue sentenciado a 7 años de presidio efectivo.

La prueba rendida por la Fiscalía logró que el tribunal pudiera formarse convicción sobre los hechos denunciados.

La prueba rendida por la Fiscalía logró que el tribunal pudiera formarse convicción sobre los hechos denunciados.

Una condena a siete años de cárcel efectiva fue impuesta a un trabajador de la construcción que fue llevado por la Fiscalía de Limache a juicio oral por el delito de violación de una mujer de 32 años con discapacidad mental.

La sentencia fue dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esa comuna contra el obrero Juan H.C.G (63), quien de acuerdo con la acusación formulada por el fiscal Guillermo Felipe Merino cometió el delito en un sector de acopio de herramientas y servicios higiénicos de una junta vecinal.

Conforme a los antecedentes vertidos en juicio, el acusado comenzó una serie de acercamientos hacia la mujer que transitaba diariamente por el sector donde él trabajada, con el objeto de seducirla, hasta que una mañana de junio del año pasado la llevó hasta el lugar donde se produjo el ultraje sexual.

La víctima se hizo posteriormente un test de embarazo que resultó positivo, y aunque el acusado alegó haber sostenido con la mujer una relación sexual consentida, el tribunal concluyó que abusó de su retardo mental para consumar el ilícito. La mujer, de acuerdo a expertos que declararon en el juicio, tiene una edad mental equivalente a la de una niña de 6 a 7 años.

El acusado también alegó no haber sabido que la mujer tenía déficit cognitivo, y que incluso le dijo que se fuera a vivir con él, dichos que también fueron confrontados por el fiscal y finalmente rechazados por el tribunal, el que tuvo a la vista, además, antecedentes penales anteriores del sujeto, quien ya había sido condenado en 2004 por el delito de estupro a 3 años y un día de cárcel.

Además de la pena principal, el acusado fue condenado también a la interdicción del derecho de ejercer la guarda y sujeción a vigilancia por un plazo de 10 años tras el cumplimiento del castigo de presidio.

El fiscal del caso, Guillermo Felipe, valoró la decisión del tribunal y el valiente testimonio que dieron no solo la víctima sino también su familia, los que fueron fundamentales para formar convicción en el tribunal quillotano.

 

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