08/05/2025
Fiscalía de Quillota logra más de siete años de pena para autor material de homicidio
-Tribunal estimó que no concurrían los requisitos para una pena sustitutiva, por lo que cumplirá la condena privado de libertad.
Fiscalía Local de Quillota
El Ministerio Público llevó a juicio a dos acusados por el homicidio de una víctima masculina ocurrida el 30 de diciembre de 2023 en la línea férrea del sector de San Pedro en la comuna de Quillota. Según expuso el Fiscal Jefe de Quillota, César Astudillo en el juicio: “ La víctima se encontraba en sector de la vía férrea, colindante a su domicilio, instantes en que es abordado por el imputado Aaron Manuel Caru Pizarro, portando elemento contundente, tipo palo, quien sin motivos ni razones justificadas comienza a golpear a la víctima en diferentes partes de su cuerpo, principalmente en cráneo y tórax, instantes en que se aproxima un segundo individuo, el imputado Mario Venancio Caru Gomez, quien llevaba consigo otro elemento contundente tipo palo, golpeando éste igualmente a la víctima en diferentes partes de su cuerpo, principalmente en zona de cabeza y cara de la misma, para luego ambos imputados arrastrar a la víctima, quien aún se encontraba con vida, hasta la parte posterior del inmueble, lanzándolo al interior de un pozo con agua, para luego darse a la fuga mientras la víctima yacía en el interior de dicho pozo herido, siendo oído por terceros, quienes escucharon cómo la víctima gemía de dolor, procediendo vecinos a llamar a Carabineros quienes llegan al lugar minutos después constatado que éste había fallecido”.
Si bien se presentó en juicio prueba testimonial, pericial, documental y otros medios de prueba el Tribunal sólo dio por acreditados los hechos en contra de Aaron Caru Pizarro, quien fue condenado como autor del homicidio consumado.
“Es la versión inicial entregada por Aarón Caru la que probabilísticamente guarda mayor relación con la prueba incorporada, resultando en consecuencia acreditados los hechos que se dieron por establecidos. Que, en relación a las inferencias obtenidas de la prueba rendida, en síntesis, según se deliberó en la audiencia de rigor, se alcanzó el estándar más allá de toda duda razonable, sobre la base de la valoración de la prueba antes señalada”, señala la sentencia.
La Sala Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Quillota, presidida por la Magistrada destinada Nora Bahamondes Acevedo, e integrada, además, por el Magistrado subrogante Claudio Osorio Llanos y el Magistrado titular Lino Godoy Órdenes condenó a Aaron Caru Pizarro a la pena de siete años y seis meses de presidio mayor en su grado mínimo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de homicidio consumado. Pena que deberá cumplir de manera efectiva, ya que no concurrían los requisitos que exige la Ley 18.216.
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