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Antofagasta

 

Condena por parricidio ocurrido en Mejillones

La imputada culpó de esta situación a la permanente violencia a que era sometida por su esposo.

Fiscal Ana María Escobar

Fiscal Ana María Escobar

            La fiscal Ana María Escobar,  obtuvo sentencia de condena en contra de Blanca Aurora Paredes Covarrubias, a quién el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontrara culpable de un delito frustrado de parricidio, luego que la mujer  intentará dar muerte a su cónyuge, al que agredió con un cuchillo cocinero, mientras este dormía.

            Los hechos investigados por la Fiscal Escobar, ocurrieron el 31 de mayo del 2016 cerca de las 05:00 horas al interior del inmueble que la pareja compartía en Mejillones.

            La mujer, lo atacó con un cuchillo que previamente fue a buscar a la cocina, hiriéndolo a la altura del cuello, aprovechando así la imposibilidad absoluta de la víctima de defenderse, obrando en consecuencia traición y sobre seguro.

            La víctima sorprendido por esta acción se incorpora y arranca en dirección al hospital local, donde es auxiliado y derivado hasta el Hospital Regional, donde se le diagnostica herida penetrante cervical, shock hipovolémico, lesión de vasos cervicales y yugulares externos  y solución de continuidad de la unión faringoesofágica, lesiones que de no haber mediado atención médica oportuna y eficaz, le habrían provocado la muerte.

            La imputada durante el juicio renunció a su derecho a guardar silencio y dijo que durante 35 años soportó agresiones y malos tratos de su esposo, tanto hacia ella como a los hijos en común.

            En un extenso relato la mujer dio cuenta detallada de los malos tratos tanto hacia ella como a sus hijos, así como de situaciones de infelidades y de otros hijos que tuvo fuera del matrimonio.

            Durante el juicio declararon familiares de la imputada como hermana e hijos que ratificaron estas situaciones de violencia intrafamiliar.

            El tribunal, condenó a la acusada a una pena  de 4 años de presidio menor en su grado máximo, al pago de las costas de la causa y al comiso del cuchillo empleado en la agresión. Por reunir los requisitos que dispone la ley se le sustituyó el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la pena de libertad vigilada por el término de 4 años.

 

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