02/02/2017
Penas por incendios de bosques van desde 61 días a presidio perpetuo
Los 65 formalizados por la Fiscalía son perseguidos por su presunta participación en acciones dolosas o negligentes, de acuerdo al Código Penal y la Ley de Bosques. Infografía del Ministerio Público (adjunta) explica conductas penadas y disposiciones que las castigan.
Penas por incendios de bosques van desde 61 días a presidio perpetuo
El delito de incendio de bosques es perseguido en la legislación chilena en dos cuerpos legales: el Código Penal, que contempla sanciones para los siniestros dolosos; y la Ley de Bosques, que castiga los casos accidentales o por acción negligente.
La Fiscalía mantiene 295 causa abiertas y 65 formalizados por la emergencia que actualmente afecta a ocho regiones de la zona centro sur de Chile, los que son perseguidos por su presunta responsabilidad en los delitos sancionados por las leyes mencionadas.
La Ley de Bosques contempla penas que van desde los 61 días de presidio a los cinco años, dependiendo de si las conductas castigadas corresponden a uso de indebido del fuego, cuasi delito de incendio o por roza indebida, entre otros.
El Código Penal, en tanto, incluye penas que van desde los cinco años y un día a 20 años de cárcel, los que pueden extenderse a presidio perpetuo en caso de existir agravantes. Las conductas sancionadas incluyen incendio forestal doloso y el incendio también doloso con afectación de vida animal o vegetal.
A continuación puede descargar la infografía preparada por el Ministerio Público, que detalla las conductas penadas y las disposiciones que las castigan. Asimismo hemos publicado en esta página un video explicativo.
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