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Antofagasta: condena por conducir ebrio y sin licencia de conducir

Deberá cumplir uan pena de seiscientos días de presidio menor en su grado medio.

Fiscal Jefe de Antofagasta, Cristian Aguilar Aranela

Fiscal Jefe de Antofagasta, Cristian Aguilar Aranela

El fiscal jefe de la Antofagasta, Cristian Aguilar Aranela, obtuvo una sentencia de condena en contra de Fernando Mauricio, de 29 años de edad a quien el Tribunal de Juicio Oral en lo penal de Antofagasta, encontró culpable de un delito de conducción en estado de ebriedad, si haber obtenido licencia, ilícito por el que le aplicó una pena de 600 días de presidio menor en su grado medio, pena que deberá cumplir de forma efectiva.

Según la acusación presentada por el fiscal Aguilar los hechos se originan el 20 de septiembre de 2015, a eso de las 05:30 horas aprox., cuando personal de Carabineros efectuaba patrullaje por la ciudad y al llegar a calle Paraguay con Osorno, sorprenden al vehículo PPU VS.1877 el que transitaba en contra del normal sentido del tránsito; al tratar de controlarlo, su conductor, que resultó ser el imputado, se dio a la fuga por distintas calles, siendo seguido por Carabineros, quienes lograron darle alcance y fiscalizarlo en calle Llanquihue con Quito, quedando al descubierto que el imputado conducía en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir.

Practicada la alcoholemia de rigor, resultó que el imputado conducía con 1,80% gramos por mil de alcohol en la sangre, según informe de alcoholemia del Servicio Médico Legal de esta ciudad.

            Durante el juicio el acusado renunció a du derecho a guardar silencio y reconoció su participación en el delito,  recordó que iba contra el tránsito y que había bebido, pero dijo no recordar que cantidad de licor había ingerido.

           Agregó que no contaba con licencia ya que nunca había obtenido y recordó que le tomaron una prueba respiratoria y luego en el hospital le tomaron una muestra de sangre para la alcoholemia.

           El fiscal acusador presento prueba testimonial, documental y pericial y que a juicio de los sentenciadores fue suficiente para dar por acreditado tanto el delito como la responsabilidad que en el mismo cupo al acusado.

           Atendido que no reúne los requisitos que dispone la ley no se le concedieron beneficios sustitutivos.

 

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